Recomendación 003/2020: ICHITAIP
Fecha del documento: 26 de febrero de 2020
Fecha de recibido: 28 de febrero de 2020
Asunto: Recomendación Pública 003/2020
Estado del asunto: Con respuesta
Se envía Recomendación Pública dirigida al Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública en los siguientes términos:
“Se recomienda que, durante los procesos de verificación, se revise que la información publicada por los Sujetos Obligados en los portales de transparencia, se encuentre completa. Lo anterior, con relación al artículo 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, con especial énfasis en las fracciones:
■ I. El marco normativo aplicable al Sujeto Obligado, en el que deberán incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros.
■ XVIII. El listado de servidores públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sanción y la disposición.
■ XXIV. Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada Sujeto Obligado que se realicen y, en su caso, las aclaraciones que correspondan.
■ XXXVI. Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio.
■ XXXIX. Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los Sujetos Obligados.“