Oficios

Oficios de la Comisión Ejecutiva

OficiosRecomendaciones

Recomendación 003/2020: ICHITAIP

“Se recomienda que, durante los procesos de verificación, se revise que la información publicada por los Sujetos Obligados en los portales de transparencia, se encuentre completa. Lo anterior, con relación al artículo 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, con especial énfasis en las fracciones:
■ I. El marco normativo aplicable al Sujeto Obligado, en el que deberán incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros.
■ XVIII. El listado de servidores públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sanción y la disposición.
■ XXIV. Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada Sujeto Obligado que se realicen y, en su caso, las aclaraciones que correspondan.
■ XXXVI. Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio.
■ XXXIX. Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los Sujetos Obligados.”

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OficiosRecomendaciones

Recomendación 002/2020: ICHITAIP

“Se recomienda implemente nuevas Obligaciones de Transparencia en materia de Adquisiciones y Obra Pública, según corresponda a cada Ley; lo anterior en apego al artículo 77, fracción XLVIII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua:

■ Catálogos de Conceptos de cada oferente.
■ Planes Ejecutivos de cada oferente.
■ Anexos Técnicos de cada oferente.
■ Anexos Económicos de cada oferente.
■ Los demás documentos, en versión pública, que forman parte de las propuestas realizadas por oferentes.
■ Estudio de Mercado por parte del Sujeto Obligado.
■ Bases de la Licitación por parte del Sujeto Obligado.”

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Recomendación 005/2020: Comisión Ejecutiva

“Se le recomienda a la Secretaría de Desarrollo Municipal que realice la implementación de capacitaciones para los municipios del Estado de Chihuahua con la finalidad de asegurar el cumplimiento normativo en los temas relacionados al combate a la corrupción y la Ley General de Responsabilidades Administrativas, esto fundado bajo la atribución conferida en el artículo 35 Bis fracción X de Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, así mismo, se le recomienda a la Comisión Ejecutiva realice los lineamientos y metodología para dar seguimiento a la implementación de las capacitaciones, esto fundado en las atribuciones dadas en el artículo 31 fracciones I y II de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Chihuahua.”

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